La Sentencia T-760 de 2008 de la Corte Constitucional de Colombia es una de las decisiones judiciales más importantes en materia de derecho a la salud. En ella, la Corte unificó criterios sobre el derecho fundamental a la salud y emitió órdenes estructurales dirigidas a múltiples entidades del Estado para garantizar su efectivo goce.
La Procuraduría General de la Nación, a través de su Delegada para el Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008, ejerce vigilancia preventiva y de control de gestión sobre las entidades responsables del cumplimiento de las órdenes impartidas por la Corte, garantizando la protección de los derechos de los ciudadanos.
| N° Orden | Tema | Descripción | Entidad Responsable | Estado | Avance |
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Se logró la unificación del Plan de Beneficios en Salud (PBS) entre el régimen contributivo y subsidiado, garantizando igualdad de acceso a los servicios de salud para todos los colombianos independientemente de su régimen de afiliación.
La expedición de la Ley 1751 de 2015 (Ley Estatutaria de Salud) constituyó un hito fundamental en el cumplimiento de la sentencia, al elevar a rango estatutario el derecho fundamental a la salud.
Implementación del sistema de portabilidad que permite a los afiliados acceder a servicios de salud en cualquier municipio del país, eliminando barreras geográficas de acceso.
Implementación del mecanismo de giro directo desde la ADRES a los prestadores de servicios de salud, mejorando el flujo de recursos y reduciendo la intermediación financiera.
Persisten cuestionamientos sobre la suficiencia de la Unidad de Pago por Capitación para cubrir adecuadamente todos los servicios del PBS, especialmente en zonas rurales y dispersas.
Las deudas acumuladas entre actores del sistema (EPS, IPS, Estado) continúan siendo un obstáculo para el flujo adecuado de recursos y la prestación oportuna de servicios.
Aún existen barreras administrativas, geográficas y económicas que impiden el acceso efectivo a los servicios de salud, especialmente en poblaciones vulnerables y zonas apartadas.
Se requiere fortalecer los mecanismos de inspección, vigilancia y control del sistema de salud para garantizar el cumplimiento efectivo de las normas y la protección de los usuarios.
El avance global considera el estado de cumplimiento de las 28 órdenes de la sentencia, ponderando el nivel de implementación de cada una. El seguimiento continúa activo para las órdenes en proceso y pendientes.